viernes, 23 de junio de 2017

-Derechos de autor- obras que protege

¿A qué se le llama “derechos de autor”?
Según la ley, son “los derechos que adquieren los autores de obras de la inteligencia en los dominios literarios, artísticos y científicos, cualquiera sea su forma de expresión, y los derechos conexos que ella determina”. Los derechos de autor son patrimoniales y morales, es decir, son derechos relacionados con el aprovechamiento, paternidad e integridad de la obra.
Algunos derechos morales son: reivindicar la paternidad de la obra, asociándole el nombre o seudónimo del autor; oponerse a toda modificación sin su consentimiento; mantener la obra inédita, y autorizar a terceros a terminar una obra inconclusa.
Algunos derechos patrimoniales son: publicación de la obra, adaptación de la misma a otro género, reproducción por cualquier procedimiento y distribución mediante venta.
¿Quiénes son los titulares de los derechos de autor?
Según el caso, pueden ser sus autores -escritores, compositores, cineastas, etc-, artistas intérpretes o ejecutantes -cantantes, actores, etc-, productores de fonogramas -discos, CDs, etc- y organismos de radiodifusión -radios, canales de TV, etc-, o a quienes estos hubieran cedido sus derechos.
¿Qué tipos de obras protege la Ley de Propiedad Intelectual?
En términos generales:
-Libros y escritos.
-Conferencias, discursos y memorias.
-Obras teatrales y coreográficas.
-Composiciones musicales.
-Programas de radio y TV, sean originales o adaptaciones de obras literarias.
-Fotografías, grabados y litografías.
-Obras cinematográficas.
-Proyectos, bocetos y maquetas arquitectónicas.
-Trabajos relativos a topografía y geografía.
-Pinturas, dibujos, ilustraciones.
-Videogramas, diaporamas.
-Esculturas.
-Escenografías y sus bocetos.
-Adaptaciones, traducciones y otras transformaciones de una obra, autorizadas por su autor.
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