SE RECUERDA A LA POBLACIÓN
EN DÍAS DE ALERTA, PREEMERGENCIA Y EMERGENCIA AMBIENTAL:
Que desde el 01 de abril hasta el día 31
de agosto rige para las comunas de Graneros, Rancagua, Doñihue, Olivar,
Coltauco, Coinco, Quinta de Tilcoco, San Vicente de Tagua Tagua,
Placilla, Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San
Fernando y Chimbarongo, la Gestión de Episodios Críticos (GEC)
contemplada en el Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) del Valle
Central de la Región de O’Higgins.
a) Sólo podrán funcionar los
Calefactores a leña que cuenten con la certificación de la
Superintendencia de Electricidad y Combustible, SEC.
b) Los Establecimientos Educacionales sólo podrán realizar actividad física en recintos cerrados.
c) Las actividades deportivas organizadas por el Instituto Nacional de Deporte, IND, sólo podrán realizarse en recintos cerrados. No se suspenden actividades del Sistema Nacional de Competencias Deportivas.
b) Los Establecimientos Educacionales sólo podrán realizar actividad física en recintos cerrados.
c) Las actividades deportivas organizadas por el Instituto Nacional de Deporte, IND, sólo podrán realizarse en recintos cerrados. No se suspenden actividades del Sistema Nacional de Competencias Deportivas.
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